Costes de CO₂
Reparto de los costes de CO₂: qué paga el arrendador y qué paga el inquilino
11 de septiembre de 2026Redacción de MEVIOTiempo de lectura: 8 minutos
Lo más importante en resumen
- Desde 2023, los arrendadores asumen una parte de los costes de CO₂ de la calefacción, según lo regulado en la Ley de reparto de los costes del dióxido de carbono (Kohlendioxidkostenaufteilungsgesetz, CO2KostAufG).
- En los edificios de viviendas, lo decisivo son las emisiones de CO₂ por m² de superficie habitable: cuanto peor sea el edificio, mayor será la parte del arrendador (del 0 al 95 %).
- En los edificios no residenciales, el reparto es actualmente a partes iguales.
- El reparto debe figurar en la liquidación de los gastos de calefacción. Si falta, los inquilinos pueden reducir su parte de los gastos de calefacción en un 3 %.
- En una comunidad de propietarios (Wohnungseigentümergemeinschaft, WEG), la obligación recae en el propietario arrendador, que para ello necesita los datos de CO₂ de la liquidación de los gastos de calefacción.
Quien se calienta con gas natural o gasóleo de calefacción paga desde 2021 un precio por el CO₂. Está incluido en el precio del combustible y ha subido considerablemente a lo largo de los años. Durante mucho tiempo, a través de la liquidación de los gastos de calefacción, recaía por completo en el inquilino. Desde 2023 esto ha cambiado: el arrendador asume una parte, y esta es tanto mayor cuanto más CO₂ emite su edificio por metro cuadrado.
La idea que hay detrás es sencilla. El inquilino influye en su forma de calentar; el arrendador, en el estado de la envolvente del edificio y de la calefacción. Quien aísla mal o mantiene una calefacción antigua debe participar en el precio del CO₂ y tener así un incentivo para modernizar.
El modelo por niveles para edificios de viviendas
El núcleo de la ley es un modelo con diez niveles. Lo determinante es cuánto CO₂ ha emitido el edificio en el año de liquidación por metro cuadrado de superficie habitable. Una casa bien aislada y con una calefacción eficiente se sitúa en los niveles inferiores: allí, el inquilino asume la totalidad o casi la totalidad de los costes de CO₂. Un edificio sin rehabilitar queda arriba, y el arrendador asume hasta el 95 por ciento.
- Nivel 1
menos de 12 kgInquilino 100 por ciento, arrendador 0 por ciento - Nivel 2
de 12 a menos de 17 kgInquilino 90 por ciento, arrendador 10 por ciento - Nivel 3
de 17 a menos de 22 kgInquilino 80 por ciento, arrendador 20 por ciento - Nivel 4
de 22 a menos de 27 kgInquilino 70 por ciento, arrendador 30 por ciento - Nivel 5
de 27 a menos de 32 kgInquilino 60 por ciento, arrendador 40 por ciento — nivel del ejemplo de cálculo - Nivel 6
de 32 a menos de 37 kgInquilino 50 por ciento, arrendador 50 por ciento - Nivel 7
de 37 a menos de 42 kgInquilino 40 por ciento, arrendador 60 por ciento - Nivel 8
de 42 a menos de 47 kgInquilino 30 por ciento, arrendador 70 por ciento - Nivel 9
de 47 a menos de 52 kgInquilino 20 por ciento, arrendador 80 por ciento - Nivel 10
52 o más kgInquilino 5 por ciento, arrendador 95 por ciento
Nivel 2: arrendador 10 %. Nivel 10: inquilino 5 %, arrendador 95 %. Aparece resaltado el nivel del ejemplo de cálculo que figura más abajo. Fuente: anexo de la CO2KostAufG.
La clasificación se realiza de nuevo cada año. Así, un invierno frío puede subir un edificio un nivel, y una rehabilitación o el cambio de calefacción pueden bajarlo varios niveles.
Así se calcula el reparto
El cálculo en sí es sencillo. Las cifras decisivas las facilita el suministrador: en la factura de combustible o de calor debe indicar cuánto CO₂ se ha generado y qué costes de CO₂ incluye.
- Factura del suministradorEl suministrador de combustible o de calor indica la cantidad de CO₂ y los costes de CO₂.
- Calcular el CO₂ por m²Cantidad total de CO₂ dividida por la superficie habitable del edificio.
- Asignar el nivelEl valor por m² determina uno de los diez niveles y, con ello, el porcentaje.
- Repartir en la liquidaciónLa parte del arrendador se descuenta en la liquidación de los gastos de calefacción.
- Superficie habitable del edificio
- 600 m²
- Consumo anual de gas natural
- 90.000 kWh
- Emisiones de CO₂ (factor 0,201 kg/kWh)
- 18.090 kg
- CO₂ por m² de superficie habitable
- 30,2 kg → nivel 5
- Costes de CO₂ (55 € por tonelada)
- 994,95 €
De 994,95 € de costes de CO₂, los inquilinos asumen 596,97 € y el arrendador 397,98 €.
En la práctica, lo determinante son la cantidad de CO₂ y los costes de CO₂ que el suministrador indica en su factura. El precio del CO₂ según la BEHG se sitúa en 2026 en una horquilla de 55 a 65 € por tonelada.
En el ejemplo, con unos 30 kg de CO₂ por metro cuadrado, el edificio se sitúa en el nivel 5. El arrendador asume el 40 por ciento de los costes de CO₂, es decir, 397,98 € al año. No puede repercutir este importe a los inquilinos; se descuenta de los costes repercutibles en la liquidación de los gastos de calefacción.
Edificios no residenciales: reparto a partes iguales
Para oficinas, consultas, tiendas y otros edificios no residenciales no existe por ahora un modelo por niveles. Arrendador e inquilino se reparten los costes de CO₂ a partes iguales.
Casos especiales frecuentes en la práctica
Inquilinos con contrato de gas propio. Con una calefacción de gas individual de la vivienda o con calefacciones individuales, el inquilino suele liquidar directamente con el suministrador. En ese caso, paga primero la totalidad de los costes de CO₂ y después reclama la parte del arrendador, en un plazo de doce meses desde la recepción de la factura del suministrador.
Protección del patrimonio histórico y normas similares. Si, por motivos de derecho público, un edificio no puede rehabilitarse energéticamente o solo de forma limitada, por ejemplo por la protección del patrimonio histórico o del entorno urbano, la parte del arrendador se reduce. El arrendador debe acreditar la limitación.
Calefacción sin precio del CO₂. Las bombas de calor, los pellets de madera o la energía solar térmica no generan costes de CO₂ en el sentido de la ley. En ese caso, sencillamente no hay nada que repartir.
Qué significa esto para las comunidades de propietarios
La comunidad de propietarios no es arrendadora. La obligación de reparto recae en cada propietario que alquila su vivienda. Sin embargo, solo puede cumplirla si recibe las cifras necesarias, y estas se generan en la liquidación de los gastos de calefacción de la comunidad.
Por eso, para cada unidad alquilada, la liquidación debería incluir:
- la cantidad de CO₂ y los costes de CO₂ del edificio,
- la superficie habitable tomada como base y el valor por m²,
- el nivel resultante con el porcentaje de reparto,
- la parte de los costes de CO₂ de la unidad, desglosada entre inquilino y arrendador.
Si faltan estos datos, cada propietario arrendador tiene que hacer el cálculo por su cuenta, y se arriesga a la reducción del tres por ciento si no lo hace. Para el administrador de fincas, es un punto que debería aclarar con su servicio de medición antes de que se elabore la próxima liquidación.
Liquidación de los gastos de calefacción con reparto del CO₂
Envíenos el número de viviendas y locales y su última liquidación de los gastos de calefacción. Recibirá un presupuesto con una comparación con sus costes actuales.
Este artículo sirve de orientación general y no sustituye el asesoramiento jurídico en cada caso concreto. Situación: septiembre de 2026.
Preguntas frecuentes
Reparto de los costes de CO₂ en pocas palabras
¿Desde cuándo se reparten los costes de CO₂ entre arrendador e inquilino?
Desde el 1 de enero de 2023. La Ley de reparto de los costes del dióxido de carbono (Kohlendioxidkostenaufteilungsgesetz, CO2KostAufG) se aplica a todos los períodos de liquidación que comiencen en esa fecha o después. Antes, los inquilinos asumían solos los costes de CO₂ como parte de los gastos de calefacción.
¿Cómo se calcula la parte del arrendador en los edificios de viviendas?
Según un modelo con diez niveles. Lo determinante son las emisiones anuales de CO₂ del edificio por metro cuadrado de superficie habitable. Cuanto peor sea el balance energético, mayor será la parte del arrendador: desde el 0 por ciento por debajo de 12 kg de CO₂/m² hasta el 95 por ciento a partir de 52 kg de CO₂/m².
¿Qué se aplica a los locales comerciales y demás edificios no residenciales?
Para los edificios no residenciales, la ley prevé actualmente un reparto a partes iguales: arrendador e inquilino asumen cada uno la mitad de los costes de CO₂.
¿Qué ocurre si el arrendador no reparte los costes de CO₂?
Si la liquidación de los gastos de calefacción no indica la parte correspondiente, el inquilino puede reducir en un 3 por ciento su parte de los gastos de calefacción. Con independencia de ello, se mantiene el derecho a un reparto correcto.
¿Y si el inquilino liquida directamente con el suministrador su calefacción de gas individual de la vivienda?
En ese caso, el inquilino liquida primero él mismo los costes de CO₂ con el suministrador y después reclama al arrendador la parte que a este le corresponde, en un plazo de doce meses desde que recibió la factura del suministrador.
¿Cómo funciona en una comunidad de propietarios (WEG)?
La comunidad en sí no es arrendadora. El reparto corresponde a cada propietario arrendador frente a su inquilino. Para poder realizarlo, necesita que la liquidación de los gastos de calefacción le indique la cantidad de CO₂ del edificio, la superficie habitable, la clasificación en el nivel y la parte de los costes de CO₂ que corresponde a su unidad.